Grupo CTArranca la campaña PAC 2022: Qué tienes que saber

1 febrero, 2022

Este martes comienza el plazo para la solicitud de las ayudas agrarias. Será la última campaña del periodo transitorio, ya que el próximo año se pondrá en marcha el nuevo Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.

Unos 665.000 productores agrícolas y ganaderos podrán realizar la solicitud única de las ayudas hasta el próximo día 30 de abril, día que vence el plazo. El importe total destinado a ayudas directas asciende a 4856 millones de euros y el abono de los anticipos se ejecutará a partir del 16 de octubre.

 

El cauce de las solicitudes únicas es el mismo que el de años anteriores, por lo que deberán dirigirse a la autoridad agrícola de la Comunidad Autónoma en la que radique el total de la explotación o la mayor parte de la misma, en caso de estar diversificada en más de un territorio.

 

De cara a la nueva PAC que entrará en vigor en enero de 2023, es de especial relevancia el importe del pago básico de la PAC 2022, ya que se tomará como referencia para determinar el pago principal disociado de la nueva PAC, la ayuda básica a la renta de la sostenibilidad. Los agricultores pueden conocer el valor de sus derechos de pago básico para esta campaña a través de la web del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).

 

Modificaciones introducidas en los Reales Decretos de 2014

 

El pasado 29 de diciembre se modificaban los Reales Decretos de 2014, mediante el Real Decreto 1156/2021 para introducir mejoras técnicas y ajustes de acuerdo al nuevo marco presupuestario 2021-2027. El ministro Luis Planas aseguró que las modificaciones están encaminadas a que los agricultores en activo pudieran percibir el 96% de las ayudas.

 

La modificación del Real Decreto 1075/2014 flexibiliza la definición de «coeficiente de admisibilidad de pastos» para que cada Comunidad Autónoma pueda establecer el valor mínimo de superficie subvencionable en su normativa. Así mismo, se flexibilizan las ayudas asociadas a la ganadería para facilitar el acceso a jóvenes ganaderos y a quienes presentan la solicitud por primera vez.

 

Respecto al contenido de la solicitud única, el Fondo Español de Garantía Agraria dará publicidad al catálogo de cultivo para que los agricultores puedan realizar correctamente la declaración.

 

También se flexibilizan los plazos de presentación de las solicitudes, en al medida en que son los propios estados miembros quienes pueden ahora fijarlos, estableciendo plazos comunes a nivel nacional, sin perjuicio de que las Comunidades Autónomas puedan ampliar las fechas límites de solicitud y modificaciones a tenor de circunstancias especiales en cada territorio. Los plazos fijados en todo el territorio para la presentación de las solicitudes  van del 1 de febrero al 30 de abril; hasta el 31 de mayo en caso de tener que realizar modificaciones y hasta el 31 de agosto para cumplir con requerimientos a la solicitud. 

 

La actualización del Real Decreto 1076/2014, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico, modifica el mecanismo de convergencia para adaptar más gradualmente las explotaciones al nuevo marco normativo que entrará en vigor partir de 2023

Finalmente, la modificación introducida en el Real Decreto 1078/2014 en el anexo regulatorio de las Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales de la tierra sobre la cobertura mínima del suelo y la gestión mínima de las tierras para limitar la erosión, elimina la excepción que afectaba a las parcelas de cultivo menores de una hectárea y parcelas irregulares o alargadas cuya dimensión mínima en el sentido transversal a la pendiente fuera inferior a 100 metros.

 

Tipos de ayudas directas de la PAC 2022

 

Estas son las ayudas directas que se pueden solicitar en la PAC 2022, según lo publicado por el Ministerio de Agricultura: 

  1. Regímenes de ayuda desacoplados.
  • Pago básico a los agricultores («régimen de pago básico»).
  • Pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente («pago verde»).
  • Pago complementario para los jóvenes agricultores que comiencen su actividad agrícola.
  • Pago del régimen para los pequeños agricultores.
  1. Regímenes específicos de ayudas por superficie:
  • Pago específico al cultivo del algodón.
  1. Regímenes de ayuda asociada voluntaria, en aplicación del artículo 52 del Reglamento (UE) 1307/2013.
  • Ayuda asociada al cultivo del arroz.
  • Ayuda asociada a los cultivos proteicos.
  • Ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobas.
  • Ayuda asociada a las legumbres de calidad.
  • Ayuda asociada a la remolacha azucarera.
  • Ayuda asociada al tomate para industria.
  • Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas.
  • Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.
  • Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.
  • Ayuda asociada para las explotaciones de ovino.
  • Ayuda asociada para las explotaciones de caprino.
  • Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
  • Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de cebo que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.
  • Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

 

Solicitudes de programas de desarrollo rural, reserva nacional y cesiones de derechos

 

Este mismo martes se abre también el plazo de presentación de las solicitudes de pago de los programas de desarrollo rural de las comunidades autónomas, principalmente ayudas por superficie y ayudas ganaderas.

 

Así mismo se podrá realizar la comunicación de cesión de derechos de pago básico y la solicitud de derechos para la Reserva Nacional de Pago Básico, que está orientada fundamentalmente hacia los jóvenes agricultores y hacia aquellos productores que se incorporan a la actividad agraria y que cuentan con una formación y capacitación adecuada en el ámbito agrario.

 

Para facilitar la cumplimentación de la solicitud única y teniendo en cuenta que todos los solicitantes deben presentar la denominada «declaración gráfica» de todas las parcelas agrícolas de la explotación, de acuerdo con el Sistema de Información Geográfica de Identificación de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación pone la información necesaria a disposición de los solicitantes mediante el acceso a éste a través de su página web (www.mapa.gob.es), y de la del FEGA, así como de las correspondientes comunidades autónomas.

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